¡Se acaba el tiempo! Haz tu declaración anual este fin de semana con estos 6 simples pasos
El reloj avanza en contra de los contribuyentes. La fecha límite para realizar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para las físicas es el 30 de abril. Por lo que si quieres evitar problemas o pagarle multas al Servicio de Administración Tributaria (SAT), te dejamos esta pequeña guía de seis pasos […]
El reloj avanza en contra de los contribuyentes. La fecha límite para realizar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para las físicas es el 30 de abril.
Por lo que si quieres evitar problemas o pagarle multas al Servicio de Administración Tributaria (SAT), te dejamos esta pequeña guía de seis pasos para presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2019.
1. ¿Quién tiene que presentar la declaración anual 2019?
En el caso de las personas físicas, la declaración deben presentarla aquellos contribuyentes que obtuvieron ingresos por prestarservicios profesionales (honorarios), quienes realizan actividades empresariales, excepto los que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), aquellos que renten bienes inmuebles, enajenen o adquieran bienes, o quienes perciban salarios e intereses.
Los asalariados que hayan tenido ingresos mayores a 400,000 pesos también están obligados a declarar, a menos que esos ingresos provengan exclusivamente de un solo patrón, el cual le haya emitido comprobantes de nómina por la totalidad de los ingresos.
No obstante, si tenían derecho a deducciones por las que pueden tener alguna devolución del ISR y no presentan su declaración, no podrán recibir el saldo a favor.
“También tienen la obligación de presentar la declaración anual quienes no hayan registrado ingresos y no presentaron la suspensión de actividades”, comentó Julio César Mora, integrante de la Comisión Fiscal – Sur del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM)
Agregó que, además los contribuyentes que tengan alguna cuenta o inversión en el extranjero también deberán declarar esos ingresos, así como las ganancias obtenidas por la fluctuación cambiaria, esto aunque su portafolio de inversión no tenga cambios.
El SAT anunció recientemente que los contribuyentes que hayan recibido ingresos solo por salarios más intereses nominales por 20,000 pesos, no están obligados a presentar la declaración anual, o pueden presentarla en cualquier momento del año.
2. ¿Dónde se presenta la declaración anual 2019?
La declaración se realiza en el portal de internet del SAT y necesitas tu contraseña o tu firma electrónica. En la web SAT-ID podrás generar o actualizar tu contraseña a través de tu teléfono móvil o computadora.
Si percibiste ingresos por sueldos y salarios o asimilados, puedes presentar la declaración vía telefónica, aunque esta opción está limitada a quienes obtuvieron ingresos provenientes de un solo patrón y que cuenten con un máximo de 25 facturas por deducciones personales.
Si estás en el caso anterior, necesitarás un correo electrónico registrado ante el SAT, una cuenta CLABE a tu nombre registrada en declaraciones anteriores y precargada en la aplicación, así como obtener un saldo a favor menor o igual a 10,000 pesos.
3. ¿Qué puedo deducir ante el SAT?
Además de que podrás deducir todos los gastos catalogados como necesarios para llevar acabo tu actividad profesional o empresarial, también tienes derecho a deducciones personales como:
- Honorarios médicos, dentales, psicólogos, nutriólogos y gastos hospitalarios.
- El importe del estímulo fiscal por pago de colegiaturas, que tiene un límite anual de deducción que va de 12,900 a 24,500 pesos.
- Gastos funerales no mayores a una Unidad de Medida y Actualización (UMA) elevada al año, es decir 29,402.88 pesos
- Aportaciones complementarias de retiro.
- Primas de seguros de gastos médicos.
- Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios.
- Transporte escolar siempre que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante correspondiente.
Para hacerlas válidas deberás contar con un CFDI (factura electrónica) y haber pagado por medios electrónicos en el caso de que el importe sea mayor a 2,000 pesos en el caso de gastos médicos.
4. ¿Debo informar todos mis ingresos?
Sí. Si pensabas no informarle al SAT que en el ejercicio 2019 recibiste ingresos exentos (por los que no pagas ISR), puedes pagarlo caro, ya que para mantener esta excepción debes informarlos.
“Un error común es no declararlos. El hecho de incorporarlos no quiere decir que se van a pagar impuestos, solo que de manera informativa vas a agregar ese dato, el importe y el concepto”, dijo Mora.
En el caso de que el fisco encuentre una discrepancia y tendrá argumentos para determinarte un crédito fiscal.
5. ¿Cómo pagar el impuesto a cargo o recibir una devolución?
Si al final de tu declaración anual 2019 resulta que tienes un impuesto a pagar, en automático aparecerá una línea de captura con la que podrás pagar en bancos, establecimientos comerciales autorizados o a través del servicio de banca electrónica
“En el caso de las personas físicas, pueden pagar en seis parcialidades sin recargos extras sin garantizar el interés fiscal”, comentó Mora.
La aplicación del SAT te presentará una declaración prellenada con una propuesta de devolución preautorizada, por lo que debes revisar y en caso de que esté correcta, enviar.
Debes revisar con detenimiento la versión que te presenta el SAT y hacer los cambios necesarios, ya que tú eres el único responsable de los datos que envíes.
6. ¿Qué multas hay si no se presenta?
- De 1,400 a 17,370 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas.
- De 4,260 a 14,230 pesos si tienen errores o datos incorrectos.
- De 1,400 a 34,730 pesos por presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo.
- De 14,230 a 28,490 pesos por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.
Por otro lado, para evitar una saturación del sistema del SAT, el especialista del CCPM aconseja subir la declaración en los primeros días del próximo mes, ya que puedes encontrar cuellos de botella en los últimos días de abril.
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